Listado de tasas vigentes en la localidad.

TARIFAS ORDENANZAS MUNICIPALES

1. TASA DE ALCANTARILLADO

La cuota consistirá en cantidad fija anual o por enganche a la red, de acuerdo con las siguientes tarifas:

Por primera vez o sucesivas tomas 154,00 €
Cuota anual por vivienda 15,00 €
Cuota anual por establecimiento y bares 37,00 €

2. TASA POR RECOGIDA DE BASURAS

Las bases de percepción y tipo de gravamen quedarán determinados en a siguiente tarifa:
Semestral, vivienda domiciliaria 25,00 €
Semestral, tiendas 50,00 €
Semestral, bares 60,00 €
Semestral industrias no alimentarias 60,00 €
Semestral Industrial alimentarias 74,00 €

3. TASA POR COLOCACIÓN DE PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTÁCULOS O ATRACCIONES SITUADOS EN TERRENOS DE USO PÚBLICO E INDUSTRIAS CALLEJERAS Y AMBULANTES.

Las tarifas a aplicar por los derechos de licencia serán las siguientes:
PLAZA. CADA DÍA 8,50 €
VENTA AMBULANTE. CADA DÍA 9,00 €

4. TASA SOBRE CEMENTERIO MUNICIPAL

Tarifa: La cuota consistirá en una cantidad fija por todo el periodo de la concesión. En caso de renovación se satisfará la cantidad de tarifa vigente en ese momento.
Las reservas de concesión se incrementarán en un 10%.
Por cada cadáver o cenizas que se inhumen en nicho o sepultura ya ocupado se devengará en 50% de la tasa vigente en ese momento.
Por cada cadáver que se inhume en capilla familiar de obra con vuelo 445,00 €.
Concesión temporal por 5 años de un nicho de cualquier pabellón y sección, excepto del pabellón nº 4 sección 15ª, 16ª y 17ª, sin distingo de filas, 485,00 €.
Concesión por 50 años de un nicho de cualquier pabellón y sección, excepto del pabellón nº 4, sección 15ª, 16ª y 17ª, sin distingo de filas, 563,00 €.
Concesión de una sepultura sin otro distingo por 50 años, 485,00 € por metro cuadrado.
Concesión de un nicho del pabellón 4, sección 15ª, 16ª y 17ª, sin distingo de filas 767,00 €.
Por servicio de enterramiento, 46,00 €.
Por exhumación de restos cadavéricos dentro del cementerio municipal 283,00 €.
Concesión de un nicho de la sección 18, fila superior e inferior, 767,00 €.
Filas centrales 1.248,00 €.
Cada ocupación por cenizas de un columbario, 250€ siguiendo el orden natural de ocupación; 440€ sin distingo de filas; 320€ columbario contiguo al de familiar fallecido. 
Concesión de nicho en la sección 19ª:
Sin reservas, siguiendo el orden natural por fallecimiento, 767,00 € sin distingo de filas.
Reservando nicho: fila superior 890,00 € , fila inferior 1.049,00 € , y filas centrales 1.289,00 €
Concesión De nicho en sección 19-B la concesión de estos nichos seguirá el orden de fallecimiento de arriba a abajo. El canon de la misma se establece en 798,00 € (siguiendo el orden natural de fallecimiento). La reserva de nicho continuo a la del familiar fallecido , 1.140,00 €, y la reserva libre de nicho queda fijada en 2.053,00 €.
Los nuevos nichos a ejecutar en ejercicios posteriores tendrán los mismos precios, y su concesión se otorgará en las mismas condiciones que los de la Sección 19-B

5. TASA SOBRE PISCINA MUNICIPAL

La exacción del tributo se ajustará a la siguiente
Bonos de temporada:
Bonos familiares……………………………………………………………………… 50,00 €+ 7,50 por hijo.
Bonos individuales, menores de 10 años (nacidos en 2007 y posteriores)… 22,00 €
Bonos individuales, mayores de 10 años………………………………………… 30,00 €
Bonos mensuales:
Familiares……………………………………………………………………………….40,00 € + 6,00 € por hijo.
Bonos individuales, menores de 10 años (nacidos en 2007 y posteriores) … 18,00 €
Bonos individuales, mayores de 10 años…………………………………………. 25,00 €
Entradas:
Mayores de 14 años, laborales………………… 2,50 €
Mayores de 14 años, sábados y festivos………3,50 €
Menores de 14 años, laborales………………… 2,00 €
Menores de 14 años, sábados y festivos…….. 3,00 €
Bonos de 10 días, mayores de 14 años ………. 18,00 €
Bonos de 10 días, menores de 14 años………. 14,00 €
Los bonos de 10 días, serán transferibles.
La edad mínima de pago, será de 4 años.
El Bono de las personas separadas, divorciadas o viudas será equivalente al importe del bono individual (de temporada o mensual) más 7,50 € por hijo en el bono de temporada y 6,00 € por hijo en el bono mensual.
Las cuotas familiares incluirán a los hijos hasta 25 años de edad.
Se aplicará una reducción del 10% a las familias numerosas en los bonos familiares,.
Se aplicará una reducción del 30% de estas tarifas a los pensionistas, (entendiendo por tal a las personas mayores de 65 años y aquellas que tengan reconocida una Invalidez permanente), siempre que sus ingresos no superen 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional, acreditado mediante entrega de copia de la última Declaración del IRPF.
Para el disfrute de esta reducción será requisito necesario el estar empadronado en el Municipio.
Uso del local Bar:
Tarifa general: 62,00 € por día
Alquiler Uso del frontón: 62,00 € por día
Se establece una fianza de 60,00 €, que será devuelta a la entrega de las llaves, previa comprobación del estado
del local.
Asociaciones con domicilio social en la localidad: 62,00 € por día.
Alquiler de mobiliario:
– Alquiler de sillas: 0,10 € por silla
– Alquiler tableros y 2 ó 3 caballetes: 1,00 €
Fianzas por el alquiler de mobiliario:
– Hasta 25 sillas: 30,00 €
– De 26 a 50 sillas: 60,00 €
– De 51 en adelante: 100,00 €

6. TASA SOBRE SUMINISTRO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE A DOMICILIO

CONEXIÓN O CUOTA DE ENGANCHE 105,00 €
MINIMO 16 m3 por cuatrimestre y contados a 0,35 €
Por encima del mínimo a 0,41 €
Granjas e industrias, sin mínimo, a 0,38 €

7. TASA SOBRE VOZ PÚBLICA Y EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS A INSTANCIA DE PARTE

Compulsa de documentos, 1,20 € por folio si el número de folios a compulsar es inferior a 10. Si el número de folios a compulsar es igual o superior al señalado anteriormente, el precio será de 0,60 € por folio.
Certificados, 2’40 € cada uno.
Por cada pregón, 2’50 €
Tasa anual al Sindicato de Riegos por utilización del equipo de megafonía, 346,00 €
Envío de fax, 0,70 € por folio. Y cuando se recibe para un vecino, igual.
Por cada fotocopia, .0’15 € si el número de fotocopias es inferior a 11. Si el número de fotocopias está comprendido entre 11 y 50 el precio será de 0’10 € por fotocopia. Cuando el número de fotocopias sea superior a 50, el precio se fija en 0’08 € por fotocopia.
En la biblioteca regirá el precio único de 0’15 € por fotocopia.

8. TASA POR UTILIZACIÓN DEL VERTEDERO DE ESCOMBROS

La tarifa de la tasa se fija en:
– 9,00 € en todas las obras menores.
– 32,00 € en las obras mayores
– 160,00 € en el supuesto de derribos de edificios o inmuebles.
La Tasa, por escombros será liquidada conjuntamente con la licencia Urbanística y el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

9. CUOTA POR EL SERVICIO DE ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO

Las cuotas por el servicio de educación infantil y los servicios complementarios son las siguientes:
Matrícula por curso y seguro: 28,00 €
Cuota mensual por el servicio de educación infantil: 60,00 €

10. PRECIO DEL SERVICIO DE AUTOTAXI EN VIAJES URBANOS DENTRO DEL PROPIO MUNICIPIO

Se establece un precio único de 6,50 € por el transporte de viajeros desde el barrio de la Estación (Estación de Tren) hasta el Pueblo, y desde el Pueblo hasta la Venta del Barro.

11. TASA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS A ALCAÑIZ A MÉDICOS ESPECIALISTAS

Se establece una tarifa única en el servicio de 13,50 € viajes de ida/vuelta por persona.

12. TASA DE LICENCIA APERTURA, ACTIVIDAD, O CAMBIO DE TITULARIDAD

Se fija una cuota única de 175,10 €

13. TASA POR APERTURA DE CALICATAS O ZANJAS EN TERRENO DE USO PÚBLICO Y CUALQUIER REMOCIÓN DEL PAVIMENTO O ACERAS EN LA VÍA PÚBLICA.

En aceras Por m2 o fracción:
En calles pavimentadas 7,57 €
En calles no pavimentadas 3,81 €
En calzada:
Asfaltadas 7,57 €
No asfaltadas 3,81 €

14. TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y POR RESERVAS DE LA VÍA PÚBLICA.

Actividad Objeto de Tasa Temporal por hora importe anual en euros
Permanente importe anual en euros
Entrada de Vehículos// Autorización de paso
7 euros metro lineal al año.
Reserva de la vía pública con prohibición de aparcamiento para la entrada de vehículos a fincas particulares o vados:
a) Las reservas hasta 4 horas pagarán el 50%.
b) Las reservas superiores a 4 horas e inferiores a 8 horas pagarán el 80%.
Junto a la tasa, el beneficiario de la licencia de vado deberá instalar la placa correspondiente suministrada por el Ayuntamiento, por la que deberá abonar 42 euros.
a) Para locales comerciales o industriales: 35 euros por metro lineal de vía pública al año.
b) Para locales pertenecientes a una comunidad de vecinos (a partir de cuatro coches de distintos propietarios): 60 euros por metro lineal de vía pública al año.
c) Para garajes propiedad de un particular: 32 euros por metro lineal al año.
Junto a la tasa, el beneficiario de la licencia de vado deberá instalar la placa correspondiente suministrada por el Ayuntamiento, por la que deberá abonar 42 euros.
Reserva Carga y Descarga:
a) Las reservas hasta 4 horas pagarán el 50%.
b) Las reservas superiores a 4 horas e inferiores a 8 horas pagarán el 80%.
Por cada metro lineal o fracción al año 22 Euros.

15. TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA DEL EDIFICIO MULTIUSOS Y SALÓN DE ALABARDEROS.

Tarifa general: 300,00 € por día.
Se establece una fianza de 300,00 €, que será devuelta a la entrega de las llaves, previa comprobación del estado del inmueble.

16. TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MERCANCÍAS, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, ESCOMBROS, VALLAS, PUNTALES, ASNILLAS, ANDAMIOS Y OTRAS INSTALACIONES ANÁLOGAS.

Vallas: 0,30 €/día/m2
Andamios: 0,30 €/día/metro lineal
Puntales: 0,20 €/día/elemento
Mercancías: 0,30 €/día/m2
Materiales de construccion y escombros: 0,30 €/día/m2
Contenedores y grúa: 3,70 €/DÍA

17. TASA DE OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN DE VIVIENDAS

Metros cuadrados útiles Tarifas
1-35m2 35 euros
36-300 m2 m2 de la vivienda x 1 €/ m2
301 m2 en adelante m2 de la vivienda x 1,5 €/ m2

18. TASA POR RECOGIDA, TRATAMIENTO, Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

Semestral, vivienda domiciliaria 25,00 €
Semestral, tiendas 50,00 €
Semestral, bares 60,00 €
Semestral industrias no alimentarias 0,00 €
Semestral Industrial alimentarias 4,00 €

19. TASA POR SACA DE ARENAS Y OTROS MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN EN TERRENOS PÚBLICOS DEL TERRITORIO MUNICIPAL

Tierras, Arenas, Piedra de yeso, Arcillas y Piedra para mampostería: 2,00 ? por metro cúbico de cada uno de los materiales señalados.
Alabastro: 0,5 € por metro cúbico
Zahorra: 3,00 € por metro cúbico

20. TASA POR ABASTECIMIENTO DE AGUA EN SURTIDOR DE LA COOPERATIVA

La tarifa viene determinada por una cuota fija, que para evitar un abuso incondicionado de dicha agua por personas que la puedan utilizar para uso distinto al que está establecido en la presente Ordenanza, y para facilitar su recaudación se fija en 0,50 €, IVA incluido, por ficha, cuya adquisición dará derecho a la utilización del surtidos

21. PRECIO PÚBLICO PARA LA UTILIZACIÓN TEMPORAL O ESPORÁDICA DE EDIFICIOS, LOCALES E INSTALACIONES MUNICIPALES 

ESPACIO PRECIO FIANZA
Pabellón Polideportivo. 200 € 200 €
Local-Bar de las Piscinas Municipales. 60€ (sin incluir frontón)

120€ (incluyendo zona frontón)

60€ (sin incluir frontón)

120€ (incluyendo zona frontón)

Edificio Multiusos “El Charif” 300 € 300 €
Local ludoteca. 100 € 100 €
Salón principal de la Casa de Cultura “El Granero” 300 € 300 €

22.  PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL TANATORIO MUNICIPAL.

La cuantía de las tarifas por la utilización de los servicios prestados se detalla a continuación:

Tipo de servicio Vela de cadáveres, 250€ por servicio.